miércoles, 22 de octubre de 2014

Jornada de los Derechos Humanos 22/ octubre

Evento:"Jornada de los Derechos Humanos" IFDC. SL.
Materia: Formación Ética y Ciudadana.






Derechos laborales de la mujer

En  la presente  investigación tiene como objetivo  dar cuenta del rol de las mujeres en el campo laboral, donde parece haberse superado muchas de las discriminaciones del género. No obstante, estas transformaciones no sólo se han debido a los cambios sociales y económicos generales, sino también a la larga lucha que las mujeres entablaron, desde el siglo XIX, para ser aceptadas y reconocidas como trabajadoras y para ello se realizó una investigación socio-histórica. Para  luego ver como las desigualdades basadas en el género atentan contra el mandato establecido en la Constitución Nacional y contra los derechos humanos fundamentales.
 Comencemos el este recorrido  socio-histórico recordando que en épocas pasadas la mayoría de las mujeres eran una amas de casa y no se concebía para ella más derechos que encargarse de la casa, de la familia mientras el hombre trabajaba. Cabe destacar que lo anteriormente mencionado no dejaba exenta a aquellas mujeres que buscaban desarrollarse en la vida profesional en estos casos puede decirse que en comparación con los hombres las mismas no accedían a muchos derechos y era poco respetada. Es en este contexto en  donde  planteamos la siguiente cuestión a resolver. ¿Ha logrado realmente la mujer, más allá de los innegables avances obtenidos, conquistar un espacio propio en el ámbito de lo laboral? ¿Qué pasa en condiciones de maternidad?
Se puede vislumbrar que antes de la legislación en Argentina las mujeres no tenían presencia cívica, ya que pasaban de depender de su padre al esposo,  en el entorno político quedaban fuera de la vida como ciudadanas, debido a que no ejercían derechos cívicos, eran poco menos que incapaces ante la ley. En cambio, los hombres tenían derecho al voto y sus derechos como ciudadanos eran plenos desde los primeros comicios realizados en el país.
Pero la historia nos muestra  cómo se fue reconociendo la personalidad jurídica de la mujer y de sus derechos civiles y políticos. El hecho que suele aparecer como punto de inflexión y que marca una modificación substancial en la inserción de la mujer en la vida institucional argentina es la obtención del voto femenino, a partir de la sanción de la ley 13010 en 1947, la cual había sido alentada por el peronismo desde su campaña electoral previa a las elecciones de 1946,  tema recurrente en muchos de los discursos del Presidente y de su esposa la Sra. Eva Duarte de Peron. Siendo esta última en especial quien insistiría con la pronta sanción de dicha ley, que se había transformado en uno de los objetivos primordiales. Gracias a esta ley, se empezó a homologar en el terreno jurídico la situación de la mujer respecto del hombre, y se dictaminó que las mujeres solteras, casadas o viudas quedaban habilitadas para los actos de la vida civil e igualaban sus derechos con los de sus padres, hermanos, maridos e hijos.
La sanción de la ley 13.010 permitió, como queda dicho, la concurrencia de la mujer a las urnas y satisfizo un deseo muchas veces postergado de las organizaciones feministas, pero no significó de ninguna manera la adquisición de una conciencia política en quienes no la poseían hasta el momento, ni representó una modificación importante en la condición laboral o social de las beneficiarias. Permitió, sí, que de manera casi inmediata se creara la Rama Femenina del Partido Peronista y la incorporación de candidatas mujeres en las listas de diputados y senadores
…“Texto de la Ley 13.010

Sancionada el 9 de septiembre de 1947

Promulgada el 23 de septiembre de 1947

En agosto de 1910, durante la durante la Segunda Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas celebrada en Copenhague (Dinamarca), más de 100 mujeres aprobaron la resolución propuesta por Clara Zetkin, de declarar el 8 de marzo como Día Internacional de la Mujer Trabajadora.

Retomando dicha iniciativa, en 1975 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) estableció en la misma fecha el “Día Internacional de la Mujer”. A su vez, en diciembre de 1977, la Asamblea General de dicho organismo proclamó a ese día como el “Día Internacional por los Derechos de la Mujer y la Paz Internacional”.

Art. 1º: Las mujeres argentinas tendrán los mismos derechos políticos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que les acuerdan o imponen las leyes a los varones argentinos.
Art. 2º: Las mujeres extranjeras residentes en el país tendrán los mismos derechos políticos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que les acuerdan o imponen las leyes a los varones extranjeros, en caso de que estos tuvieran tales derechos políticos.
Art. 3: Para la mujer regirá la misma ley electoral que para el hombre, debiéndosele dar su libreta cívica correspondiente como documento de identidad indispensable para todos los actos cívicos y electorales.
Art. 4º: El Poder Ejecutivo, dentro de los dieciocho meses de la promulgación de la presente ley, procederá a empadronar, confeccionar e imprimir el padrón electoral femenino de la Nación en la misma forma en que se ha hecho el padrón de varones. El Poder Ejecutivo podrá ampliar este plazo en seis meses más.
Art. 5º: No se aplicarán a las mujeres las disposiciones ni sanciones de carácter militar contenidas en la ley 11.386. La mujer que no cumpla con la obligación de enrolarse en los plazos establecidos estará sujeta a una multa de cincuenta pesos moneda nacional o a la pena de quince días de arresto en su domicilio, sin perjuicio de su inscripción en el respectivo registro.
Art. 6º: El gasto que ocasione el cumplimiento de la presente ley se hará de rentas generales, con imputación a la misma.
Art. 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.”…
 La afiliación al Partido corría por cuenta de delegadas censistas, (grupo feminista conformado por 23 mujer de absoluta confianza e Eva Duarte) ellas eran  las que tomaban a su cargo no sólo el adoctrinamiento político, sino que además les brindaban elementos para mejorar su nivel de vida; se les enseñaba dactilografía, costura y tejido, lo que lentamente permitió que muchas mujeres comenzaran a considerar la posibilidad de mejores condiciones de trabajo. Este movimiento cuya finalidad era la de liberar a la mujer, es en lo profundo autoritario y machista.
Es en este proceso que su trabajo comienza a ser reconocido, gestándose  para ella leyes sociales, salarios dignos, protección ante el embarazo, vacaciones, entre otros aspectos. Se le abren así nuevas perspectivas en materia de educación. También durante estos mismos años, es común encontrar personajes de mujeres trabajadoras "fuera del hogar" entre los encarnados por las principales actrices argentinas: empleadas de tienda Mirta Legrand, Lolita Torres, Tita Merello etc. También se destaca con nuevas voces de mujer, a Victoria Ocampo, Alfonsina Storni, entre otras en ocupar un lugar destacado en la consideración social.
Todas ellas representan personajes positivos, son mujeres honestas cuya ausencia de la casa no les origina deshonor ni corrupción moral. Por el contrario, su trabajo ayuda, o es fundamental, según los casos, para resolver problemas económicos familiares, pero no son mujeres libres; en la opción, siempre renunciarán a su trabajo en beneficio del hogar, y sus intentos de mayor independencia serán censurados implícita o explícitamente. Cuando la revolución de septiembre de 1955 puso fin al primer período peronista, también pareció caer en el olvido la actividad política partidista de las mujeres.
La Argentina acompaño con dicho proceso en 1956 se creó la Asociación por los Derechos de la Mujer, constituida por profesionales, intelectuales, amas de casa, obreras y educadoras que bregan por una equiparación efectiva del sexo femenino en el orden político, económico, social y cultural, de acuerdo al Artículo 55 de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Durante el gobierno de Frondizi se crea, en agosto de 1958, la Dirección Nacional de Seguridad y Protección Social de la Mujer, dentro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, bajo la dirección de Blanca Stábile, cuya misión era "el estudio de los problemas que afectan a la mujer trabajadora y la promoción de todas las medidas que tiendan a mejorar sus condiciones laborales y familiares. Era un organismo técnico y su misión no podía hacer otra cosas que desplazar los problemas individuales a otras reparticiones o entidades y controlar las soluciones brindadas".
La década de los ‘60 trajo aparejados grandes avances mundiales en la problemática de la mujer, ya que ámbitos como la sociología, la psiquiatría, la política, pusieron ya definitivamente en tela de juicio su espacio tradicional, y fueron abriéndole nuevos campos de expresión en lo humanístico y lo científico
En 1976 se iniciaría el más cruel y dramático de los gobiernos militares “El Proceso de Reorganización Nacional” se destacó por su intento de refundación del país bajo la consigna de acabar con la subversión a través de los siete largos años del Proceso. Vale la pena, sin embargo, hacer notar que pocas veces la mujer fue tan degradada, detenidas, fueron torturadas, violadas, en muchos casos a despecho de su condición de embarazadas, y este último grupo trajo aparejada una "industria" paralela; la desaparición de niños recién nacidos, en ocasiones asesinados junto con sus madres, y en otras vendidos o entregados en adopción a familias, algunas de las cuales desconocían su origen, en tanto que otras estaban relacionadas con miembros de la represión.
De las mismas atrocidades del régimen surgiría el primer, y durante varios años único movimiento de resistencia contra el mismo. Se trató de un grupo de mujeres, la mayoría sin preparación política previa, cuyos hijos habían desaparecido durante los primeros tiempos de la represión. Comenzaron a recorrer despachos oficiales e institucionales, incluidos los eclesiásticos, en busca de una ayuda o una respuesta respecto del paradero de sus hijos. En determinado momento coincidieron en la Plaza de Mayo, frente a la Casa de Gobierno, y el 1977, se conforma  “Madres de Plaza de Mayo". Este movimiento representó el quiebre más importante en el rol de la mujer en las últimas décadas. Mujeres de hogar, simples amas de casa, encabezaban un frente de oposición silencioso y pertinaz, pasaron a obtener respeto y consideración internacional. Puede decirse que desde la época de Eva Perón no se había producido una aparición tan fulgurante de la mujer en la vida pública del país.
La llegada de la democracia  los distintos partidos políticos incluyeron mujeres en cargos legislativos e institucionales. Cuando el presidente Raúl Alfonsín creó la CONADEP (Comisión Nacional por la Desaparición de Personas), incluyó entre el grupo a mujeres tales como periodistas y/o  profesoras. (Magdalena Ruiz Guiñazú - Graciela Fernández Meijide)  Si bien resultan innegables los avances logrados por la mujer en el plano profesional y de la vida pública, aun cuando su voz se hace oír en política, ya sea momentáneamente, como una opción, no ha logrado todavía un plano de paridad con el hombre.
El  principio esencial de la democracia es el “principio de igualdad ante la ley es incompatible con sistemas legales de dominación como la esclavitud, la servidumbre, el colonialismo o la desigualdad por sexo o religión.”  Lo cual se refleja en el artículo 16 de la Constitución Nacional de 1853, donde “Todos los habitantes son iguales ante la ley”.
  La Igualdad ante la ley, es el conjunto de deberes, derechos y garantías del ordenamiento jurídico. El contenido de las leyes sea igual para todos. Igualdad ante la ley, implica que todos debemos cumplir el mandato de la ley, no sólo los órganos del Estado, como asimismo, tales órganos deben interpretar y aplicar el ordenamiento jurídico, sin incurrir en discriminación. Entonces si  la ley es igual para todos, sería obvio decir que debe ser aplicada en igualdad de condiciones para todos,  es decir que Todas las trabajadoras con responsabilidades familiares tienen derecho a protección especial y a no ser discriminadas por esta condición, ya que hay diferencias entre el trabajo masculino y femenino.
Es bien conocida la diferencia salarial que se produce entre hombres y mujeres que ocupan cargos de responsabilidad en las empresas, quizás porque continua subyaciendo la  consideración de que la misión primordial de la misma es el cuidado del hogar y de los hijos, mirándose con suspicacia a aquellas que desarrollan una carrera profesional de trascendencia, presuponiéndose que lo hacen a expensas de sus obligaciones primarias.  Se continúa rechazando en puestos de trabajo a mujeres recién casadas, pues su posible maternidad constituye una amenaza latente para la eficiencia en su labor, en suma, la mujer argentina, especialmente la de las clases más bajas, continúa luchando denodadamente para ser reconocida y obtener dignidad.
Pueden clasificarse a las diversas discriminaciones que sufre la mujer en el ámbito laboral de la siguiente manera:
- Discriminación salarial: Básicamente consiste en que los hombres ganan un salario mayor al de las mujeres, así la mujer tenga el mismo rol del hombre en la empresa y su desempeño y eficacia haya sido el mismo
-Discriminación en el empleo: Muchas de las mujeres son contratadas por un tiempo determinado, es decir “temporalmente”, lo que hace que en tiempos de crisis estas sean las más vulnerables en la empresa. Por otro lado, la mayoría de empresarios, por lo general tienen la errónea y equívoca idea de que las mujeres no están bien instruidas para desarrollar determinado trabajo, ya que consideran que su nivel escolar es bajo y por lo tantos sus calificaciones son bajas a la hora de pensar en empleos que exijan alta productividad.
 - Discriminación ocupacional: esto quiere decir que las mujeres son limitadas a empleos de baja categoría, y con un salario escaso, por lo tanto en algunos casos las mismas no podrán alcanzar ciertos niveles jerárquicos en las empresas.
-Discriminación de la adquisición de capital humano: restricción a la educación formal y a la capacitación y entrenamiento que prestan las empresas al contratar a una persona.

En este breve recorrido se ha podido vislumbrar como las desigualdades basadas en el género atentan contra el mandato establecido en “Constitución de 1853” y en la “Reformada en 1994” en las cuales se han incorporado cláusulas que incluyen los derechos de las mujeres en las siguientes temáticas:
Primero; Reconocimiento con rango constitucional de los tratados y convenciones sobre Derechos Humanos, tales como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la que en su Art. 11 establece la igualdad en el empleo (Art. 75, inc. 22 CN).
Segundo; Facultad del Congreso Nacional de promover medidas de acción positiva con relación a las mujeres, que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato y el pleno goce de los derechos reconocidos por la Constitución y los tratados internacionales. (Art. 75 inc.23 CN)
Sin olvidar también que cada 8 de marzo se recuerda la muerte de 129 mujeres trabajadoras que en 1908 fueron reprimidas en una fábrica textil de Nueva York mientras reclamaban por mejoras salariales y laborales. Este hecho marcó un hito en la lucha por la igualdad de género y en la reivindicación de derechos sociales, estableciendo la fecha como el Día Internacional de las Mujeres.
“No hay justicia social sin igualdad de género. La mujer debe interpelar a la sociedad de su derecho a la igualdad en el mundo económico, social, cultural y político, y en lo simbólico”   (Alicia Kirchne)
A lo cual se le suma en el año 2009  la promulgación de  la “Ley de protección integral” la cual cuenta con 45 artículos donde previene, sanciona y  busca erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (Ley N° 26.485),  Y esta Ley define que:
“Aquellos que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos y privados, y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o  permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, edad, maternidad, apariencia física o la realización del test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral, quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo incluye el hostigamiento en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral”.

En la actualidad  la mujer es considerada más responsable y con más capacidad para adaptarse a distintas cosas, como el estudio, trabajo, etc. Se puede observar que en distintos trabajos, a veces son más llamadas las mujeres que los hombres, por eso puede decirse que  el derecho a la mujer del pasado hasta hoy ha cambiado en todo sentido para bien.
Sí bien en estos años hubo muchos avances en cuanto a igualdad de género en la Argentina, las mujeres aún siguen siendo muy discriminadas en un ámbito cotidiano: el trabajo. Porque las mujeres tienen más presencia en el sector de servicios, mientras que los hombres predominan en la industria.
En el año 2012 se realizó un informe sobre los  Aportes para el Desarrollo Humano en Argentina, elaborado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Conicet, revelando que en los puestos jerárquicos la discriminación de género es notoria: las mujeres ocupan sólo el 34,2% de los cargos directivos, contra el 65,8% de los hombres.
Esto nos muestra que  conocer nuestros derechos es un camino para poder ejercerlos. No obstante, si bien el conocimiento es un elemento necesario, no es suficiente si no está sostenido por acciones que hagan posible la cabal concreción de los derechos laborales de las y los trabajadores en todas sus dimensiones. Para que esto sea una realidad, se deben ejecutar programas de formación y difusión, apuntando además a una conformación de redes que fortalezcan este intercambio, y poniendo el eje en el valor del trabajo decente como elemento  organizador de la identidad y la estimación de las personas.

A  pesar de que todos  “somos iguales ante la ley” desde 1853, lo cual se explicita en diferentes cuerpos legales, indirectamente en muchas ocasiones solo contempla y está pensada solo para los hombres de modo tal que la igualdad en el ámbito laboral con respecto al género femenino es socialmente invisible.

Integrantes:
Chadi Liliana
Quiles Daniela
Lucero Analia
Nievas Romina
Palma Sabrina
Romero Guadalupe
Sanchez Gabriela
Uisso Sol
Vargas Noelia